Tribunales de Psicología

El Tribunal Nacional Deontológico y Bioético de Psicología, así como los Tribunales Departamentales Bioéticos de Psicología, fueron constituidos y reglamentados por la Ley 1090 de 2006 (Título VII, Capítulos IX y X, artículos 57-59). Es su función adelantar los procesos disciplinarios relacionados con la práctica de los profesionales en psicología del país, establecer y ejecutar las sanciones respectivas, siguiendo las disposiciones de la Ley 1090 (Título VII, Capítulos XI y XII). En tales procesos, la primera instancia corresponde a los Tribunales Departamentales, siendo el Tribunal Nacional la segunda y definitiva.

Hasta el momento si bien se han creado cinco Tribunales Departamentales, correspondientes a las jurisdicciones de Bogotá, D.C., Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico y Santander, sólo se han integrado y están en funcionamiento los tribunales de Bogotá y Antioquia. Se espera que próximamente se confomen los demás. Cada uno de los tribunales, además del departamento indicado, abarca dos o más departamentos vecinos. Las sedes de estos tribunales se ubican en las capitales de los departamentos mencionados.

Los Tribunales están compuestos por siete miembros, profesionales de la Psicología con no menos de diez años de ejercicio y de reconocida idoneidad profesional, ética y moral.

Los Tribunales cuentan con el soporte financiero y administrativo de COLPSIC.

En la presente página, el visitante podrá encontrar la información básica relativa a los tribunales, como su composición y ubicación de los regionales, la normatividad que los regula y las decisiones por ellos emitidas. También se ofrecen materiales y recursos para fortalecer la reflexión en torno al ejercicio ético de la psicología en Colombia.

 


SE EXPIDE NUEVO REGLAMENTO DE LOS TRIBUNALES DEONTOLÓGICOS Y BIOÉTICOS DE PSICOLOGÍA. Ver más...